Legalizaciones
La legalización es el proceso mediante el cual una entidad autorizada certifica la autenticidad de un documento, firma o contenido, otorgándole validez legal. Este trámite garantiza que los documentos pueden ser utilizados en procedimientos administrativos, notariales o judiciales.
Ofrecemos atención especializada para los siguientes servicios:
Legalización de Firmas
Requisitos:
- Presentarse a la notaria con el documento original que se pretende legalizar.
- Documento de identidad (DNI, Carné de extranjería, etc.) el DNI deberá contar con la constancia de votación al día, dispensa ó pago de multas.
- Si la legalización de firmas es con poder o en representación de una entidad, se requiere la vigencia de poder expedida por los Registros Públicos (la vigencia de poder no debe ser mayor a 30 días de antigüedad).
Legalización de Copias
Requisitos:
- Presentarse a la notaria con el documento original que se pretende legalizar.
- Presentar copia exacta y legible del documento original.
Legalización de Libros
Requisitos para Persona Jurídica:
Primeros Libros
- Solicitud firmada por el Apoderado o Representante Legal de la Persona Jurídica.
- Vigencia de Poder con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.
- Copia del RUC de la Persona Jurídica.
- Copia del DNI vigente o Documento de Identidad del Apoderado o Representante Legal.
- En el caso de Libro de Actas, Matrícula de Acciones y Padrón de Socios, el Apoderado o Representante Legal deberá ser identificado por medio de comparación biométrica (Toma de Huella por Biometría).
Segundos Libros u Hojas Sueltas
- Todos los requisitos señalados en el numeral 1 (Primeros Libros).
- Acreditar el hecho de haberse concluido el libro anterior. En caso de pérdida del libro, presentar la Certificación que demuestre de forma fehaciente dicha pérdida (Denuncia Policial).
- Tratándose de pérdida de Libros de Actas de una Personas Jurídica, se deberá presentar en hojas simples el Acta de la Junta o Asamblea General donde se informe de la pérdida del libro, debiendo contar con la Certificación Notarial de la firma de cada interviniente en el acuerdo.
- Tratándose de pérdida de Libros Contables, se deberá adjuntar la Denuncia Policial en la que se precise el nombre y número de los libros extraviados y carta presentada a la SUNAT informando del hecho; ambos en originales.
Requisitos para Persona Natural:
Primeros Libros
- Solicitud firmada por el Titular.
- Copia del RUC de la Persona Natural.
- Copia del DNI vigente o Documento de Identidad del Titular.
Segundos Libros u Hojas Sueltas
- Todos los requisitos señalados el numeral 1 (Primeros Libros).
- Acreditar el hecho de haberse concluido el libro anterior. En caso de pérdida del libro, presentar la Certificación que demuestre de forma fehaciente dicha pérdida (Denuncia Policial).
